Sr. Apoderado esperando se encuentre bien junto a su familia paso a indicar información relevante en relación al Sistema de Admisión Escolar (SAE). A partir de este año ingresan a este sistema todos los niveles educativos (Pre kínder a IV medio), por todo esto leer atentamente lo que se describe a continuación.
El Ministerio de educación, coloca a disposición de las familias, una plataforma web www.sistemadeadmisionescolar.cl en la cual se podrá postular a todos los establecimientos que reciben financiamiento del estado, y en donde estará toda la información necesaria sobre el proceso de postulación. Con esta información, los apoderados podrán conocer las distintas opciones y postular a los establecimientos de su interés, agregándolos a una lista, para luego ordenarlos por preferencia y enviar su postulación.
¿Quiénes deben postular al Sistema de Admisión Escolar (SAE)?
- Quienes por primera vez ingresan a un establecimiento Municipal, Particular Subvencionado, de Servicio Local de Educación o de Administración Delegada que imparta educación regular.
- Quienes deseen cambiar de establecimiento.
- Quienes deseen reingresar al sistema educativo después de haberlo abandonado por algún motivo.
- Quienes se encuentren en un establecimiento que no tenga continuidad para el siguiente nivel. (Ejemplo: Establecimiento que imparten solo hasta 8° básico, y no tienen continuidad a I° medio).
- Quienes ingresen a educación regular desde Medio Mayor o Escuelas de Lenguaje.
No deben postular:
- Quienes deseen continuar en su mismo establecimiento.
- Quienes deban ingresar a una escuela de Educación Especial o de Lenguaje.
- Quienes deban ingresar a un establecimiento que imparta Educación de Adultos.
- Quienes se deseen cambiar a un establecimiento Particular Pagado.
- Quienes deseen ingresar a jardines Junji, Integra y Escuelas de Párvulo.
La persona que debe realizar la postulación, es el apoderado del estudiante, en donde prevalecerá:
- La madre, el padre y/o tutor legal.
- Ascendientes consanguíneos más próximos (abuelo/a)
- Tutor Simple que se encuentre validado como tal.
- El tutor simple o legal debe realizar un trámite de manera presencial en las oficinas de atención ciudadana de Ayuda Mineduc.
- El tutor legal tiene la máxima prioridad en caso de existir sentencia judicial.
Cuáles son los criterios de prioridad que pueden tener los estudiantes
- Primera prioridad: Hermano/a matriculado en el establecimiento (consanguíneos de padre o madre).
- Segunda prioridad: 15% de estudiantes prioritarios (Ficha de Protección Social. Ministerio De Desarrollo).
- Tercera prioridad: Hijos de funcionarios del establecimiento.
- Cuarta prioridad: Ex estudiantes que deseen volver al establecimiento y no hayan sido expulsados.
Me despido cordialmente
Maritza González Guerra
Rectora